México es uno de los países con
mayor nivel de empresarios informales en el mercado. Esto se debe a varias
razones; las principales son falta de información, considerarlo como algo muy
complicado o simplemente considerarlo innesesario.
Lo cierto es que estar dado de
alta trae consigo obligaciones, pero también derechos. Como empresario, existen
dos formas de estar dado de alta: como persona física y
como persona moral. La diferencia radica principalmente en que, la primera,
hace referencia a un individuo en particular. La segunda, se refiere a una
entidad empresarial representada por varios socios.
Cada personalidad fiscal tiene
diferentes obligaciones, así como derechos.
Hay varios tipos de registros
para las personas físicas, dependiendo del tipo de actividad que tendra:
Pequeños
Contribuyentes. Son personas que se dedican al comercio, es decir comprar
y vender todo tipo de bienes. Como ejemplo, papelerías, farmacias, misceláneas,
refaccionarías, fruterías. La característica de éstas es que las ventas o
ingresos (sin descontar gastos y compras) no rebasen los 2 millones de pesos al
año. Además, no expiden facturas ni desglosan el IVA.
Régimen Intermedio. La
diferencia entre este régimen y el anterior, radica en que las ventas o
ingresos son superiores a los 2 millones de pesos, pero no rebasan 4 millones
de pesos al año. La ventaja de estas dos modalidades es que existen menos
obligaciones fiscales que en el régimen de actividades empresariales.
Salarios. Comprende a todas
las personas que prestan un trabajo personal subordinado a un patrón mediante
el pago de un salario. El pago del impuesto a que se refiere este régimen debe
efectuarse mediante la retención que realizan las personas morales o patrones.
Actividades profesionales o por
honorarios. Son las personas que se dedican a ejercer su profesión, arte u
oficio de manera independiente. Por ejemplo, los abogados, médicos, dentistas,
contadores, arquitectos, enfermeras, deportistas, músicos, cantantes, agentes de
seguros y de fianzas, artistas y en general cualquier persona que sea
contratada por honorarios y que deba expedir recibos cada vez que obtenga
ingresos.
Actividades
Empresariales. Son las personas físicas que desean mantener una actividad
de tipo empresarial para aprovechar las ventajas del régimen de las sociedades
mercantiles. Esto implica también mayores obligaciones fiscales.
Las personas
morales son las llamadas sociedades mercantiles, que están constituidas
bajo un Acta Constitutiva y que están compuestas por diferentes personas
físicas con actividad empresarial. Si quieres más información al respecto,
puedes revisar una entrada que hicimos sobre éstas aquí.
Pero, ¿cuáles son las ventajas
de darme de alta ante Hacienda? Pues bien, hay varias.
Si estás dado de alta ante
Hacienda, podrás generar un historial fiscal que te permita hacerte acreedor a
préstamos empresariales a través de diferentes entidades de crédito: bancos,
sofoles, sofomes, inversionistas, etc. Como persona moral, necesitas tener una
antigüedad de al menos dos años para poder tener la posibilidad de acceder a un
crédito.
Podrás arrendar vehículos,
equipo de oficina, de cómputo, maquinaria, instalaciones, etc. Esto es muy
bueno, porque en vez de cubrir el costo de una mensualidad fija para adquirir
un bien material que se deprecia, sólo pagas la parte correspondiente al uso
que le des al equipo, evitando así incurrir en el costogenerado por
depreciación de las cosas.
Además, la mejor parte. Podrás
deducir impuestos. Esto significa que, dependiendo del nivel de gastos que
realices, así como del régimen al que pertenezcas, podrás o bien pagar menos
impuestos, o incluso recibir un monto de dinero a favor si tus impuestos a
favor fueron superiores a los impuestos por pagar. Esto significa que ¡el
Sistema Tributario te regresa dinero que pagaste por tu actividad! Los gastos
médicos, de dentistas, de alimentos, de vestimenta e hipotecarios, entre otros,
son deducibles.
Por otro lado, están las
obligaciones que tendrás como contribuyente:
Solicitar facturas para todos
los gastos que realices.
Emitir facturas o comprobantes
fiscales para todo ingreso que registre el contribuyente.
Presentar mensualmente tu
declaración de impuestos a más tardar los días 17 de cada mes.
Pagar los impuestos
correspondientes a cada ejercicio fiscal. Dependiendo del régimen fiscal al que
pertenezcas, pagarás ISR, IETU, IESPS, entre otros.
Realizar tu declaración de
impuestos anual y presentarla, a más tardar el 31 de Marzo para personas
morales y el 30 de Abril para personas físicas.
Así que ya sabes, Darte de alta
ante Hacienda, trae consigo ciertas obligaciones. ¡Pero también tiene
beneficios! Te invitamos a considerar darte de alta.






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